Para disminuir contagios, se restringen actividades en la ciudad de Santa Fe

Así lo recomendó el Gobierno provincial para esta ciudad. A partir de este sábado, sólo abrirán los comercios de proximidad. Bares y restaurantes trabajarán con la modalidad de take away y delivery.



La Municipalidad de Santa Fe comunica que, por recomendación de la autoridad sanitaria provincial, se definió la restricción de actividades y horarios, ante la evolución de los contagios del COVID-19 en las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé. Será desde la cero hora del 12 de septiembre y por 14 días. El anuncio se realizó en la conferencia que brindó este viernes por la noche el gobernador Omar Perotti, junto a los intendentes Emilio Jatón (de Santa Fe) y Daniela Qüesta (de Santo Tomé), en Casa de Gobierno.

“Sabíamos que esta era una posibilidad. Lo dijimos siempre y lo trabajamos desde el primer momento con todos los sectores económicos: con los empresarios, con los gremios, con las asociaciones”, dijo Jatón.

Tras el anuncio, el mandatario local indicó: “También sabemos que cada toma de decisión y aún más con relación a la circulación del virus, tiene distintas miradas y metodologías de cómo abordarla. Ahora, las autoridades sanitarias han definido que es momento de tomar medidas restrictivas”. Y sostuvo que “estamos en un punto difícil, quizá el más complejo desde marzo; estamos con una alta probabilidad de contagios”.

Finalmente, el intendente señaló que “a partir de la semana que viene vamos a trabajar junto a los sectores económicos para acordar cómo seguimos en el nuevo período. Y lo vamos a hacer como siempre, construyendo decisiones entre todos”.

Por su parte, el gobernador dijo que “en el último mes, se han incrementando los casos, acelerando la curva, y creciendo los niveles de contagio y los usos de cama. Eso nos lleva a tomar unas medidas por los próximos 14 días para tratar de aplanar esa curva y disminuir los niveles de contagio”. Y añadió que “es momento de bajar la circulación de gente, es lo único efectivo hasta aquí para bajar la curva”.

En la conferencia también estaban el ministro de Gestión Pública, Rubén Michlig; y la directora de Epidemiología, Carolina Cudos.

Estas son las actividades que están permitidas y aquellas que no lo estarán de acuerdo a la información oficial contenida en el Decreto 954/20, del gobierno provincial:

¿Qué estará permitido?

– Comercios de cercanía: de rubros esenciales y no esenciales.

– Salidas breves para caminatas de esparcimiento: sin exceder los 500 metros del domicilio, hasta las 19.30 horas y con el uso obligatorio de tapabocas.

-Locales gastronómicos: sólo envíos a domicilio (delivery) hasta las 24 hs y servicio para llevar (take away) hasta las 22 hs.

– Administración central y organismos dependientes del Poder Ejecutivo Provincial.

– Venta de mercaderías elaboradas: de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no impliquen contacto entre las personas y se hagan con modalidad de entrega al domicilio (delivery).

-Actividad notarial: necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con la intervención de las personas indispensables y evitando reuniones.

-Servicios de cuidados de adultos mayores y personas con discapacidad.

-Práctica deportiva: de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con



¿Qué estará suspendido?

– Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.

-Locales gastronómicos: bares, restaurantes, rotiserías, heladerías.

-Comercios mayoristas y minoristas: de rubros no esenciales de más de 100 m2.

-Ejercicio de profesiones liberales: incluidos mandatarios, corredores y martilleros, actividad inmobiliaria y mudanzas.

-Servicios de personal doméstico.

-Actividades religiosas, cultos: reuniones o ceremonias de 10 personas.

-Obras privadas: que ocupen más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas.

-Actividades administrativas: sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.

-Práctica de actividades deportivas y físicas: en instalaciones cerradas tales como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre.

-Pesca deportiva y recreativa: modalidad desde la costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.

-Servicios de peluquería, manicura, cosmetología y podología.

-Museos, bibliotecas y lugares recreativos: de divulgación científica, tanto públicos como privados.

-Salas de grabación y ensayos: preproducción, producción y postproducción de audios y audiovisuales.

-Enseñanza disciplinas artísticas: en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.

-Caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo.

-Actividad artística y artesanal: a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

MCSF

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