No comprar: Anmat prohibiĆ³ la venta de una miel trucha

El organismo anunciĆ³ la prohibiciĆ³n a travĆ©s de una disposiciĆ³n publicada en el BoletĆ­n Oficial de hoy.



La AdministraciĆ³n Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆ­a MĆ©dica (Anmat) prohibiĆ³ este jueves la comercializaciĆ³n de una marca de miel en una disposiciĆ³n publicada en el BoletĆ­n Oficial de hoy.

La DisposiciĆ³n 4677/2021 estableciĆ³ la prohibiciĆ³n en todo el territorio nacional de los productos: "Miel Agrolitoral, Prod. Secc.3° Delta del ParanĆ” por Domingo Gonzalez e hijo, RNE 04001935, RNPA 04019918, Industria Argentina", por no contar con los correspondientes registros de establecimiento y de producto; por estar adulterado al contener jarabe de maĆ­z y por estar falsamente rotulado al denominarse miel y exhibir en el rĆ³tulo un nĆŗmero de RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto y dado de baja, resultando ser en consecuencia ilegal".

La Anmat extendiĆ³ la medida en contra de todos aquellos productos que exhiban en sus rĆ³tulos los registros sanitarios RNE N°04001935 y RNPA N°04019918 "por ser falsamente rotulados que utilizan un RNE inexistente y un RNPA dado de baja".

LA DISPOSICIƓN PUBLICADA EN E BOLETƍN OFICIAL DE HOY.

Las actuaciones se iniciaron a raĆ­z de que la DirecciĆ³n General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad AutĆ³noma de Buenos Aires informĆ³ las acciones realizadas en el marco de un programa de monitoreo.

Dicha direcciĆ³n tomĆ³ muestra oficial reglamentaria del producto investigado en un comercio minorista de productos alimenticios envasados de la Ciudad AutĆ³noma de Buenos Aires.

AdemĆ”s, el resultado del anĆ”lisis de la muestra efectuado por la Sger. Operativa del Laboratorio de InvestigaciĆ³n y Monitoreo de la DGHySA concluyĆ³ que el producto contiene jarabe de maĆ­z por lo que se trata de un producto adulterado y falsamente rotulado.

"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrĆ” ser elaborado en ninguna parte del paĆ­s, ni comercializado ni expendido en el territorio de la RepĆŗblica Argentina", concluye la disposiciĆ³n.


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