La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆa MĆ©dica (ANMAT) prohibió el uso y la comercialización de un aceite de girasol.
Este miĆ©rcoles se publicó en el BoletĆn Oficial, la Disposición 2580/2022 por la cual se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del “Aceite de girasol”, marca “Perdriel”, RNPA N° 02-571050, Fraccionado y Envasado en Perdriel 4763 - San MartĆn, pcia. de Buenos Aires, RNE N° 02-033960, por carecer de registros sanitarios, y consignar un RNPA y un RNE inexistentes, resultando ser “falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
En el documento seƱalan que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación proveniente de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) que en el marco de un Programa de Monitoreo, tomó una muestra del producto que no cumplirĆa con la normativa alimentaria vigente.
Luego de una consulta federal para verificar si el establecimiento se encontraba habilitado y si el producto estaba autorizado, se llegó a la conclusión que el registro del lugar era inexistente ya que la razón social Aceitera Perdriel no elabora mÔs en ese sitio.
AdemĆ”s, el organismo explicó que el perfil de Ć”cidos grasos no se corresponde con un aceite de girasol, por esto se se emitió una alerta alimentaria. Como consecuencia de esto, este producto no podrĆ” ser elaborado en ninguna parte del paĆs, “ni comercializado ni expendido en el territorio de la RepĆŗblica”. El Departamento de RectorĆa en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del alimento en cualquier presentación y fecha de vencimiento.
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