La ex presidenta habÃa sido acusada de poner bienes, cuentas bancarias y acciones de sociedades a nombre de sus hijos para evitar responder a embargos en causas penales, según denunció el abogado Santiago Dupuy De Lome.
Sin embargo, tras una serie de medidas de prueba el juez RodrÃguez sostuvo que la cesión de derechos hereditarios gananciales que la ex mandataria realizara en favor de sus hijos Máximo y Florencia Kirchner ocurrió antes de que fuera procesada y embargada.
La denuncia radicada el 24 de octubre de 2016 invocaba notas periodÃsticas que daban cuenta de la supuesta maniobra, pero la cesión hereditaria habÃa ocurrido mucho tiempo antes, incluso, de que avanzaran las causas contra la ex presidenta.
Sin perjuicio de cuándo fue publicada la `noticia´ y de cuáles eran para ese entonces los autos de méritos decretados en los expedientes sustanciados en su contra, conforme se encuentra acreditado en la presente causa mediante copias de la escritura correspondiente- la cesión de derechos hereditarios gananciales de la ex presidenta en favor de sus hijos tuvo lugar el 10 de marzo de 2016, sostuvo RodrÃguez en el fallo firmado el 17 de diciembre.
En esa fecha no solo no se encontraba procesada -ni se habÃa decretado embargo alguno sobre sus bienes- sino que ni siquiera habÃa prestado declaración indagatoria. Sà se encontraba convocada a hacerlo (el 26 de febrero anterior habÃa sido convocada para el 134 de abril siguiente) en la causa conocida como ´dólar futuro´, señaló el juez en el fallo al que accedió Télam.
No resulta un dato menor señalar que la causa denominada `Los Sauces´ni siquiera habÃa sido iniciada, afirmó el magistrado que además reseñó que esa causa se inició recién el 4 de abril de 2016 y Cristina Fernández no fue convocada a prestar declaración indagatoria en estas actuaciones sino hasta el 3 de febrero de 2017, cuando se la citó para el 7 de marzo siguiente.
Además, el juez sostuvo que la denuncia, impulsada por el fiscal Carlos Stornelli, tenÃa también un inconveniente en relación al tipo legal: Cabe recordar que el delito de insolvencia fraudulenta no se tiene como objeto para punir al insolvente, sino al deudor fraudulento que finge insolvencia o que realiza actos dispositivos de su patrimonio con el único propósito de eludir una obligación civil. Ello no ocurrió.
En esa lÃnea, RodrÃguez sostuvo que no solo el patrimonio de Cristina Fernández, sino el de la sociedad conyugal toda se encuentra al alcance del Estado si es que con él se debe responder a cualquier tipo de obligación que un accionar ilÃcito (que de momento no ha sido comprobado) pudiera, en un futuro, llegar a ameritar.
Fuente: Télam