Calendario electoral 2023: fechas y detalles de las elecciones nacionales

Están previstas, en el decreto, desde las PASO hasta la segunda vuelta electoral, así como la constitución del Comando General Electoral.


El Gobierno Nacional ha publicado el decreto que oficializa el calendario electoral para las autoridades nacionales, el cual establece que las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se llevarán a cabo el 13 de agosto de 2023.

Este evento electoral será para la elección de candidatos y candidatas a Presidente o Presidenta de la Nación y vicepresidente o vicepresidenta de la Nación, senadores y senadoras nacionales, diputados y diputadas nacionales y parlamentarios y parlamentarias del MERCOSUR de los distritos Nacional y Regionales.

Además, el decreto también oficializa la convocatoria para las elecciones generales que se realizarán el 22 de octubre de 2023. En estas elecciones se elegirán presidente o presidenta de la nación y vicepresidente o vicepresidenta de la nación, 19 parlamentarios y parlamentarias del MERCOSUR, distrito nacional y 19 suplentes, senadores y senadoras nacionales, diputados y diputadas nacionales según corresponda a cada distrito y parlamentarios y parlamentarias del MERCOSUR, distrito regional.

En caso de que ningún candidato a presidente alcance el 45% de los votos, o el 40% con una diferencia de 10 puntos del segundo el 22 de octubre, se realizará una segunda vuelta electoral dentro de los 30 días siguientes, según lo establece el artículo 96 de la Constitución Nacional. El Gobierno ha fijado el 19 de noviembre de 2023 como el día para esta eventual segunda vuelta electoral.

Además, el decreto también oficializa la convocatoria para las elecciones generales que se realizarán el 22 de octubre de 2023. En estas elecciones se elegirán presidente o presidenta de la nación y vicepresidente o vicepresidenta de la nación, 19 parlamentarios y parlamentarias del MERCOSUR, distrito nacional y 19 suplentes, senadores y senadoras nacionales, diputados y diputadas nacionales según corresponda a cada distrito y parlamentarios y parlamentarias del MERCOSUR, distrito regional.

En caso de que ningún candidato a presidente alcance el 45% de los votos, o el 40% con una diferencia de 10 puntos del segundo el 22 de octubre, se realizará una segunda vuelta electoral dentro de los 30 días siguientes, según lo establece el artículo 96 de la Constitución Nacional. El Gobierno ha fijado el 19 de noviembre de 2023 como el día para esta eventual segunda vuelta electoral.

Asimismo, este viernes se publicó el Decreto 238/2023 mediante el cual se constituyó el Comando General Electoral “a los fines de la custodia de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, las Elecciones Generales y la eventual Segunda Vuelta Electoral a celebrarse en el año 2023″.

El Ministerio de Defensa designará al Comandante General, quien designará a los Comandantes de cada distrito electoral, para tener a cargo las funciones de coordinación y ejecución referentes a las medidas de seguridad que establece el Código Electoral Nacional.



Fuente / EL

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