Casación rechazó las recusaciones de Cristina Kirchner

La defensa de la vicepresidenta Cristina Kirchner había pedido la recusación de Mariano Borinsky y Gustavo Hornos.



Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky y Gustavo Hornos rechazaron hoy la recusación que les presentó la defensa de la vicepresidenta Cristina Kirchner para que no intervengan en la revisión de la condena en su contra por el caso conocido como "Vialidad", y en el mismo fallo aceptaron la excusación de su colega Javier Carbajo, quien había planteado que debía apartarse porque ya había adelantado opinión sobre el caso, informaron fuentes judiciales.

La defensa de Cristina Kirchner sostenía que los magistrados ya habían intervenido en la causa y que no tenían parcialidad por sus visitas a Mauricio Macri cuando era presidente de la Nación. Pero, en una resolución de 13 páginas, los jueces rechazaron "in limine" esta propuesta.


“Las afirmaciones abstractas esbozadas por las defensas, como causal para pretender el apartamiento de los jueces naturales del caso, no pueden sino ser rechazadas a la luz de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de independencia de este Poder Judicial”, sostiene el texto rubricado por los jueces de Casación.

Existe una nueva instancia de apelación para las defensas de Cristina Kirchner y de Nelson Periotti -ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad, también condenado en el caso de obra pública-: la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta que eso suceda, la causa puede avanzar a partir de audiencias para oír las posiciones de las partes. Se estima que la causa avance recién en el 2024.

En el caso de Carbajo, argumentó que su excusación fue para “resguardo de la imparcialidad”. Recordó que en su fallo en la Ruta del Dinero consideró que “no hace falta que el hecho anterior del cual provienen los bienes haya sido un hecho culpable y punible, sino que basta que haya sido típico y antijurídico, es decir, un hecho ilícito” y consideró que “se encontraba acreditado en aquellos autos, con el grado de conocimiento necesario en esa instancia, el nexo de causalidad entre la operatoria de blanqueo y las maniobras descriptas en los autos jurisdiccionales de mérito y en los requerimientos del Ministerio Público Fiscal”.







FUENTE: AGENCIAS

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