Desde hoy las empresas ya pueden establecer libremente recorridos, precios y duraciĆ³n de los servicios. La medida alcanza para larga y media distancia.
El Gobierno Nacional reglamentĆ³ los procesos de desregulaciĆ³n del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia, junto con el de oferta libre, por medio de la ResoluciĆ³n 57/2024, publicada este martes en el BoletĆn Oficial.
La medida impulsada por la SecretarĆa de Transporte del Ministerio de EconomĆa y el Ministerio de DesregulaciĆ³n y TransformaciĆ³n del Estado, introduce “modificaciones centrales que brindarĆ”n mejoras al sector”, segĆŗn explicaron desde el Ć”rea que encabeza Franco Mogetta.
Al mismo tiempo, destacaron que “se moderniza un rĆ©gimen de mĆ”s de 30 aƱos de antigĆ¼edad con un sistema cerrado, permisos rĆgidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estĆ”ndares tĆ©cnicos y de seguridad vigentes”.
Entre los cambios vinculados a la desburocratizaciĆ³n, que tienen vigencia inmediata, se establece que los transportistas se registrarĆ”n de manera online y gratuita mediante la plataforma web TrĆ”mites a Distancia (TAD), donde deberĆ”n brindar la informaciĆ³n relevante y actualizada de los servicios.
AdemĆ”s, se unificarĆ”n todos los registros bajo un Ćŗnico Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) “brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestiĆ³n de trĆ”mites burocrĆ”ticos”.
El trĆ”mite, que estarĆ” disponible a partir del 11 de diciembre del corriente, es obligatorio para la prestaciĆ³n de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrĆ” carĆ”cter de DeclaraciĆ³n Jurada (DDJJ). El correo electrĆ³nico registrado serĆ” al que llegarĆ”n las notificaciones pertinentes durante el proceso.
Los transportistas deberĆ”n completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ NĆ³mina de Parque MĆ³vil, DDJJ NĆ³mina de conductores, tĆtulo de propiedad o contrato de leasing de los vehĆculos, pĆ³lizas de seguros, etc.
Desde Transporte informaron que “una vez registrados se emitirĆ” el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) dĆas hĆ”biles y podrĆ”n acceder a la inscripciĆ³n de los servicios a prestar”.
AdemĆ”s, aclararon que “los transportistas que ya estĆ©n prestando servicios podrĆ”n continuar operando y tendrĆ”n un plazo de hasta sesenta dĆas corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodologĆa aprobada”.
En paralelo, se autorizĆ³ a los transportistas inscriptos en el RNTAP “a efectuar servicios ocasionales en circuito cerrado de carĆ”cter internacional, de conformidad con la normativa especĆfica establecida para esta categorĆa de servicios”.
Al valorar la medida en su conjunto, desde la secretarĆa remarcaron que “a partir de esta reglamentaciĆ³n se podrĆ”n establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duraciĆ³n de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas”.
A modo de contraste, recordaron que “antes de esta desregulaciĆ³n una modificaciĆ³n en cualquier parĆ”metro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre 6 meses a un aƱo como mĆnimo”, mientras que “ahora, con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros; se simplifica y acorta el tiempo burocrĆ”tico, solo teniendo que informar la baja del parĆ”metro con 15 dĆas de antelaciĆ³n, procediendo luego al alta con la modificaciĆ³n deseada”.
Al mismo tiempo, la secretarĆa dependiente de la cartera econĆ³mica sostuvo que “se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de trĆ”nsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehĆculo” y ratificĆ³ que “se deberĆ” cumplir con la revisiĆ³n tĆ©cnica vehicular de los vehĆculos”.
Fuente: NA
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