Abuso Sexual: La justicia les permitiĆ³ sacarse el apellido de su padre

Los jĆ³venes fueron vĆ­ctimas de violencia y abuso sexual por parte de su progenitor.


El martes en un fallo inĆ©dito del Juzgado de Familia, con sede en San Carlos de Bariloche, autorizĆ³ la supresiĆ³n del apellido paterno de dos hermanos que habĆ­an sido maltratados y abusados por el progenitor.

La magistrada a cargo del caso hizo lugar a la demanda y ordenĆ³ al Registro Civil y Capacidad de las Personas que les permita a los jĆ³venes sacarse el apellido del padre. La peticiĆ³n judicial de las vĆ­ctimas, que fue apoyada por la madre, se fundamenta en “una serie de situaciones de extrema gravedad, la que incluĆ­an violencia fĆ­sica, psicolĆ³gica y sexual de las cuales fueron vĆ­ctimas, no solo ellos, sino tambiĆ©n su madre”.

AdemĆ”s de las situaciones abordadas en el fuero de familia, tambiĆ©n “existiĆ³ una causa penal la que resultĆ³ con el procesamiento penal del progenitor por delitos de abuso sexual y abuso de armas y cuyas vĆ­ctimas fueron los propios integrantes de la familia”.

En la sentencia se consignĆ³ que: “el nombre y el apellido son atributos de la personalidad que cobran una dimensiĆ³n espiritual al vincularnos con nuestros orĆ­genes y nuestro linaje. Nos dicen a nosotros mismos y a los demĆ”s quiĆ©nes somos y de dĆ³nde venimos. Aunque el destino de las personas no sea inexpugnable, el solo hecho de cargar con un apellido que conlleva una referencia autobiogrĆ”fica dolorosa, trĆ”gica, retrotrae dĆ­a a dĆ­a a aquellos hechos que se quieren olvidar”.

Desde el punto de vista legal, la presentaciĆ³n se fundĆ³ en las previsiones del artĆ­culo 26 del cĆ³digo Civil y Comercial que facultĆ³ a los jĆ³venes a esta presentaciĆ³n, aludiendo “a los justos motivos que se desprenden de la causa penal citada y de los antecedentes seƱalados”.

El fallo de la jueza de Familia, luego de analizar “todos y cada uno de los elementos probatorios agregados en la causa a lo largo de su tramitaciĆ³n”, considerĆ³ que el interĆ©s superior aludido por las vĆ­ctimas “lleva a la convicciĆ³n de que deben allanarse todos los recaudos para permitir que ambos puedan vivir con dignidad y deshacerse de un apellido al que vinculan con la Ć©poca mĆ”s triste y trĆ”gica de su infancia”, informĆ³ el diario El PatagĆ³nico.

La sentencia del Poder Judicial de RĆ­o Negro concluye diciendo: “lleva a pensar que la supresiĆ³n del apellido de tan vil agresor es una forma de reparaciĆ³n y que la funciĆ³n judicial es restaurativa. Es una afrenta a la propia dignidad portar el apellido de quien ocasionĆ³ tanto sufrimiento”.

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